Asesoría y Elaboración de Contratos en General.
El contrato es un acto jurídico plurilateral, referente a una relación jurídica obligacional de carácter patrimonial, en otras palabras, un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas para producir o transferir obligaciones y derechos.
Los contratos pueden clasificarse en: Unilaterales y bilaterales. Los contratos serán unilaterales cuando una sola de las partes involucrada sea la que adquiera las obligaciones, mientras que en los bilaterales ambas partes adquieren obligaciones de recíproco cumplimiento. Onerosos y gratuitos.
Los contratos se caracterizan principalmente por los siguientes aspectos: El contrato se perfecciona con el mero consentimiento de las partes y se rige por el principio de autonomía de la voluntad, cuyos efectos generan obligaciones y derechos para las partes intervinientes.
Las partes en un contrato partiendo en que es un acuerdo voluntario entre dos partes, a una se le conoce como deudor y a otra acreedora, que pueden ser físicas o jurídicas; además, cada parte puede estar constituida por más de una persona, así, puede haber más de un deudor y/o más de un acreedor vinculados por el contrato.
Los contratos son documentos relevantes debido a que permite asegurar que se cumplan los acuerdos y beneficios para las partes involucradas. De lo contrario, existe el riesgo de que los acuerdos no se cumplan, lo que puede afectar a las dos partes tanto económicamente como productivamente.
Los elementos del contrato son: Capacidad, Consentimiento, Objeto, Causa y Forma, estos elementos los podemos organizar en tres categorías diferentes: personales, reales y formales.
El contrato debe tener causa y ésta ha de ser existente, verdadera y lícita, así como una causa fuente que es el origen o hecho jurídico generador de obligaciones o de un acto jurídico y una causa fin que resulta ser el propósito o finalidad perseguida por las partes al llevar a cabo el acto o negocio jurídico.
Para que el contrato sea eficaz, deber ser válido y la voluntad haberse emitido libre y conscientemente, y la falta de cualquiera de estos dos presupuestos determina la aparición de “vicios del consentimiento”, que pueden afectar bien a la propia declaración de voluntad, bien a la formación de la misma.
Los siguientes elementos deben estar perfectamente descritos en todos los contratos:
- Partes que intervienen en él
- Objeto del contrato
- El precio pactado
- Las condiciones
- Las garantías y responsabilidades recíprocas (entrega, calidad, asistencia técnica, funcionamiento, etc.)
- La forma y condiciones de pago y, en su caso, la reserva de dominio o garantías establecidas
- La cláusula arbitral de sumisión a un determinado Tribunal para resolver controversias
- Cláusula de revisión de precios
- Ley aplicable.
Ejemplos de contratos
- Contrato de préstamo mercantil
- Contrato de Donación
- Contrato de permuta
- Contrato de comisión mercantil
- Contrato de traspaso
- Contrato de mandato
- Contrato mercantil
- Contrato de asociación en participación
- Contrato de Prestación de Servicios de Mantenimiento
- Contrato de prenda
- Contrato de compraventa
- Entre muchos más básicos y específicos.
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