
El derecho corporativo en México no pertenece a una rama específica del derecho. No posee una legislación o codificación propia, llamada por ejemplo ley de derecho corporativo o código corporativo. El derecho corporativo agrupa especialidades o ramas del derecho para regular a las personas morales (sociedades).
Sociedad–empresa: Las sociedades mercantiles son una unidad jurídica que engloba diversos elementos como son los socios, el capital aportado, la organización, el fin de carácter económico, el domicilio, la nacionalidad entre otros. En este apartado hablamos de las sociedades reconocidas por la ley general de sociedades mercantiles, que tienen personalidad jurídica propia, distinta de la de los socios. Estas sociedades mercantiles se constituyen en virtud del contrato social y podrán realizar los actos de comercio para el cumplimiento de su objeto social.
Para constituir estas sociedades y para que las mismas produzcan efectos jurídicos frente a terceros deberá observarse lo establecido por la ley general de sociedades mercantiles.
Las sociedades podrán actuar por conducto de sus representantes legales. La representación de toda sociedad mercantil corresponde a su administrador o administradores quienes a su vez podrán nombrar apoderados.
Además, el código fiscal de la federación define empresa como la persona física o moral que realice actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas.
Elementos personales y materiales de la sociedad o empresa: La sociedad o empresa está constituida por elementos personales y elementos materiales.
Cuando hablamos de elementos personales de una empresa nos referimos a las personas que la integran, estas personas son los socios y sus trabajadores. Algunas de las relaciones que se dan entre las personas que integran las sociedades o los efectos que producen son regulados por el derecho mercantil, el derecho laboral, el derecho fiscal, entre otros.
Tratándose de los elementos materiales de una empresa o sociedad, estos pueden ser de tipo tangible o intangible y a su vez constituyen el patrimonio de la misma. Los bienes tangibles pueden ser a su vez muebles o inmuebles.
Objeto de la sociedad: La sociedad o empresa debe contar con un objeto social, en el cual se definirán las actividades o actos que la sociedad va a desarrollar. El objeto social debe ser lícito y posible. El objeto social debe establecerse desde el momento de la constitución de la sociedad y contenerse en el contrato social.
Contratos que celebren las sociedades: Una sociedad tiene su origen precisamente en un contrato social, el cual es celebrado entre los socios. Las sociedades a su vez celebran contratos con otras personas físicas y morales. Los contratos celebrados por las sociedades según la naturaleza de que se trate deberán cumplir con determinadas formalidades establecidas por la ley de la materia aplicable.
Derechos de las sociedades: Las empresas al ser reconocidas como personas morales gozan de derechos establecidos en las leyes que les resultan aplicables, incluso los derechos humanos reconocidos por la constitución política de los estados unidos mexicanos y de los tratados internacionales de los que México sea parte.
Obligaciones de las sociedades: Las obligaciones a su cargo entre los socios que las integran, frente a sus trabajadores, ante el estado y respecto a terceros. Estas obligaciones se encuentran establecidas en las diversas legislaciones que les son aplicables o bien en los contratos que celebren.
Fusión, transformación, escisión, disolución y liquidación de las sociedades: La ley general de sociedades mercantiles establece las condiciones, los requisitos, procedimientos y los efectos jurídicos que se producen cuando varias sociedades deciden integrarse en una sola entidad jurídica; cuando deciden modificar su naturaleza u objeto; o cuando procede dar por terminada la sociedad. Y se refiere dicha ley a estos casos bajo los términos o figuras jurídicas de fusión, transformación, escisión, disolución o liquidación de las sociedades que a su vez les resultan aplicables otras disposiciones legales pertenecientes a otras ramas del derecho como el derecho fiscal, el derecho laboral, entre otros.
Ramas del derecho aplicables en el derecho corporativo:
Derecho constitucional: en virtud de las garantías de las cuales gozan las personas morales, los individuos que la integran y aquellos con los cuales se relacionan.
Derecho mercantil: en todo lo relativo a su constitución y actividades de comercio.
Derecho laboral: en sus relaciones con sus trabajadores en virtud de los contratos individuales y colectivos de trabajo.
Derecho fiscal: en cuanto al cumplimiento de obligaciones y goce de beneficios fiscales.
Derecho de propiedad intelectual: en cuanto a los derechos sobre marcas, patentes, secretos industriales, secretos comerciales, derechos de autor.
Derecho administrativo: en lo que se refiere a cumplimiento de obligaciones como permisos, licencias, autorizaciones, entre otros.
Derecho penal: en cuanto a que participa como sujeto activo o pasivo en esta rama del derecho.
Derecho migratorio: en cuanto al cumplimiento de determinadas obligaciones y permisos respecto a empleados extranjeros.
