El reparto de utilidades (PTU) es un  derecho de los trabajadores establecido en la CPEUM, cuyo porcentaje se determina por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas, integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y el gobierno federal; actualmente, su monto es de 10% de la renta gravable (ingresos menos deducciones) de acuerdo con la Ley del ISR, el procedimiento para su determinación y cálculo lo dispone la LFT. 

 

Mediante decreto publicado en el DOF el 23 de abril de 2021, se reformó la Ley Federal del Trabajo, por una partes para prohibir la subcontratación de personal y por otra para establecer como límite máximo para el reparto de utilidades el importe de tres meses de salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el trabajador (artículo 27 de la Ley Federal del Trabajo) 

Estas modificaciones entraron en vigor el día siguiente al de su publicación, y las correspondientes a la PTU se aplicarán por primera ocasión en mayo de 2022, por tratarse del ejercicio fiscal del año 2021 en que se reforma la ley 

Es importante destacar que no es la única limitación en la PTU, ya que la fracción III del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo establece que el monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo. 

La utilidad se dividirá en dos partes iguales, la primera se repartirá entre todos los trabajadores, considerando los días trabajados durante el año por cada uno de ellos, por lo que, quien haya laborado un mayor número de días tendrá derecho a recibir una mayor cantidad, respecto de quien haya laborado menos días. 

La segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajador, tomando como base la cuota diaria, sin incluir prestaciones ni horas extra. 

 }PARA DETERMINAR LA PARTICIPACIÓN DE CADA TRABAJADOR SE OBSERVARÁN LAS SIGUIENTES REGLAS

  1. El padrón, dentro de un término de diez días contados a partir de la fecha de presentación de la declaración anual, entregará a la comisión mixta integrada por representantes del padrón y de los trabajadores, copia de la misma. 
  2. La comisión mixta formulará un proyecto que determine la participación de cada trabajador; si los representantes no se ponen de acuerdo, resolverá un inspector del trabajo. 
  3. Los trabajadores podrán hacer las observaciones que juzguen convenientes, dentro de un plazo de 15 días, en cuyo caso serán resueltas por la misma comisión. 

 

FECHA EN QUE DEBE EFECTUARSE EL REPARTO 

El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (ISR), por lo que considero que las personas morales deben presentar la declaración anual y pagar el impuesto correspondiente en marzo, el pago de la PTU se hará en el mes de mayo. 

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